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Derecho Laboral de DFW

Lo deben juzgar por su trabajo — no por quién es usted.

La ley federal y el Código Laboral de Texas protegen a los empleados de la discriminación basada en características protegidas. Si su raza, sexo, edad, discapacidad, religión, origen nacional o embarazo le costaron un empleo, un ascenso o un trato justo, la ley está de su lado.

En resumen

El Título VII, la ADEA, la ADA y el Capítulo 21 del Código Laboral de Texas hacen ilegal que los empleadores lo traten de forma diferente por su raza, color, sexo (incluidos el embarazo y la orientación sexual/identidad de género), religión, origen nacional, edad (40+) o discapacidad. La discriminación puede tomar la forma de despido, degradación, brechas salariales, ascensos negados o un ambiente de trabajo hostil.

Características protegidas bajo la ley

  • Raza y color
  • Sexo — incluidos el embarazo, la orientación sexual y la identidad de género
  • Origen nacional
  • Religión
  • Edad (40 años o más)
  • Discapacidad — incluida la falta de una adaptación razonable
  • Información genética

Cómo puede verse la discriminación

No siempre es evidente. La discriminación se manifiesta como ser pasado por alto para ascensos, recibir menos paga que compañeros que hacen el mismo trabajo, ser sancionado con más dureza, quedar excluido de oportunidades, ser objeto de insultos o un ambiente hostil, o ser despedido y reemplazado por alguien fuera de su grupo protegido. A menudo la prueba más fuerte es un patrón — cómo lo trataron a usted en comparación con los demás.

Cómo funciona un reclamo de discriminación en Texas

La mayoría de los reclamos por discriminación deben presentarse primero ante la EEOC (la Oficina de Distrito de Dallas cubre el área de DFW) o la División de Derechos Civiles de la Comisión de la Fuerza Laboral de Texas antes de poder demandar. Hay plazos estrictos — generalmente 300 días desde el acto discriminatorio para reclamos federales, y tan poco como 180 días para algunos reclamos estatales. Le ayudamos a presentar correctamente y a tiempo, y luego perseguimos el reclamo desde ahí.

Alerta de plazo: Generalmente tiene solo 300 días (a veces 180) para presentar un cargo de discriminación ante la EEOC o la TWC. Si lo pierde, puede perder el derecho a demandar. Llame pronto.

¿Tengo un caso?

Si algo de esto le suena familiar, hablemos.

  • Lo pasaron por alto para un ascenso que fue a parar a alguien menos calificado fuera de su grupo.
  • Le pagan menos que a compañeros que hacen sustancialmente el mismo trabajo.
  • Lo sancionaron o despidieron mientras a otros que hicieron lo mismo no.
  • Ha escuchado insultos, bromas o comentarios sobre una característica protegida en el trabajo.
  • Lo trataron diferente después de revelar un embarazo, una discapacidad o su edad.

Preguntas frecuentes

Respuestas claras.

¿Qué cuenta como discriminación ilegal?

Que lo traten peor en el trabajo por una característica protegida — raza, color, sexo, embarazo, religión, origen nacional, edad (40+) o discapacidad. Puede afectar la contratación, el pago, los ascensos, las sanciones, el despido o el ambiente diario.

¿Tengo que presentar primero ante la EEOC?

Normalmente, sí. La mayoría de los reclamos por discriminación requieren presentar un cargo ante la EEOC o la Comisión de la Fuerza Laboral de Texas antes de ir a los tribunales — y hay plazos cortos. Nosotros nos encargamos de ese proceso por usted.

¿Cuál es el plazo?

Generalmente 300 días desde el acto discriminatorio para reclamos federales; algunos reclamos de Texas deben presentarse dentro de 180 días. Como el reloj puede empezar a correr pronto, es mejor llamar lo antes posible.

¿Y si todavía trabajo allí?

Sigue estando protegido. Es ilegal que un empleador tome represalias contra usted por reportar discriminación o presentar un cargo, y podemos asesorarlo sobre cómo proceder mientras conserva su empleo.

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